En fuerza de los razonamientos fácticos y jurídicos que han quedado expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, constituido con Asociados, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación intentada por la parte demandada, LINEAS AÉREAS DE ESPAÑA, S. A., IBERIA, ampliamente identificada en autos. SEGUNDO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por el actor, ALBERTO COLUCCI CARDOZO, ampliamente identificado en autos, en lo que respecta al monto del daño moral demandado. TERCERO: Se CONFIRMA con distinta motiva el fallo de fecha dieciocho (18) de mayo de 2007, dictado por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas. CUARTO: En consecuencia, ORDENA a la parte demandada LINEAS AÉREAS DE ESPAÑA, S. A., IBERIA, plenamente identificada en autos, pagar al demandante ALBERTO COLUCCI CARDOZO, ampli.....