Por las razones antes expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente juicio que por NULIDAD DE VENTA intentaran los ciudadanos ODELIA MARÍA IRAZABAL DE HERRERA, EFRAÍN JACOBO IRAZABAL CASARES, ANTONIO JOSÉ IRAZABAL CASARES, CECILIA EDEMIA IRAZABAL DE CHAURIO y LUISA CECILIA IRAZABAL DE LANDAEZ contra la ciudadana MARISOL SANTANA CHACÓN, en virtud de haber transcurrido mas de nueve (09) años, sin haberse ejecutado algún acto de procedimiento, de conformidad a lo dispuesto en el introito artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.-