Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación de la parte actora en contra de sentencia del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de fecha veinte (20) de julio de dos mil nueve (2009); SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación de la parte demandada en contra de sentencia del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de fecha veinte (20) de julio de dos mil nueve (2009); TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano OSWALDO JOSÉ LÓPEZ TREJO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad n° V-12.038.848, contra la Sociedad mercantil SERENOS RE.....