-III-
Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN suscrita en fecha 11 de noviembre de 2010, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentó JOHN WILFRED FLORES BOCANEGRA contra el ciudadano JORGE PASCUAL FRIAS MARTINEZ, suficientemente identificados en el texto del presente fallo.
Asimismo, por cuanto la parte demandada reconoció y pagó los honorarios profesionales del apoderado actor no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los di.....