En razón a las consideraciones anteriores, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Rectificación del Acta de Matrimonio, solicitada por la ciudadana ADRIANA MARGARITA TEIXEIRA OCHOA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-16.331.818; y en consecuencia, SE ORDENA: Rectificar el Acta de Matrimonio Nº 5, de fecha 5 de febrero de 2010, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital, en lo que respecta a los nombres y apellidos de los padres de su cónyuge, ciudadano AMARO DE JESÚS VILORIA RODRÍGUEZ como: "RUBÉN VILORIA VELEZ y OLGA RODRÍGUEZ SOLANO", siendo lo correcto: "RUBÉN DARÍO VILORIA VÉLEZ y OLGA CECILIA RODRÍGUEZ DE VILORIA". De igual forma, al colocar los nombres y apellidos de sus padres .....