DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ARMANDO RAFAEL GONZÁLEZ URDANETA y ANTONELLA CRISTINA CHUMACEIRO LOYNAZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V 15.976.045 y V-19.505.632, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos ARMANDO RAFAEL GONZALEZ URDANETA y ANTONELLA CRISTINA CHUMACEIRO LOYNAZ, 14 de junio de 2014 ante el Registro Civil de.....