Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano ALBERT BLANCO TORO, contra el laudo arbitral dictado en fecha 12 de agosto de 2021 por el Centro Empresarial de Conciliación y Arbitraje, con motivo del procedimiento arbitral iniciado por la sociedad mercantil GALERIAS AVILA CENTER C.A. contra el hoy recurrente, por haber sido interpuesto fuera del lapso previsto en el artículo 43 de la Ley de Arbitraje Comercial, advirtiéndose que dicho pronunciamiento de inadmisibilidad también abarca al amparo cautelar interpuesto conjuntamente con el presente recurso de nulidad, por ser accesorio a éste. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente d.....