Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 26 de abril de 2024, ratificada el 03 de junio del mismo año, por la abogada MAGALY MARGARITA MORALES VAAMONDE, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadano EDILBERTO HERNAN CARO MEDINA, contra de la decisión dictada en fecha 26 de marzo de 2024, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO, incoada por el ciudadano EDILBERTO HERNAN CARO MEDINA, contra la ciudadana MARÍA LUISA CARDONA FERNÁNDEZ, ampliamente identificados en.....