Esta Juez Unipersonal N° XIV de la Sala de Juicio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta Medida Preventiva de Colocación Familiar a favor del niño XXXX, en el hogar de la ciudadana VMHdC, abuela paterna del niño, otorgándosele la guarda provisional del mismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 126 literal (I), 184 y 396 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público de conformidad con el artículo 170 literal "c" de la referida Ley. Asimismo, se ordena librar oficio a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería y al Consejo Nacional Electoral, a los fines de solicitar información acerca de los movimientos migratorios y último domicilio de los ciudadanos VJCH, titular de la cédula de identidad N° V-14.411.453 e HMJ, titular de la cédula de identidad N° V-19.702.907, en su carácter de padres del niño. Finalmente se acuerda oficiar al .....