En virtud de las anteriores consideraciones, este Despacho Judicial, a cargo de la Juez Unipersonal Nº 11 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente demanda de Cumplimiento de Obligación de Manutención, presentado por la Abg. Juanita Hernández, en su carácter de Fiscal Centésima Décima del Ministerio Público, a solicitud de la ciudadana LINDA SUMAYA MARRERO HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.259.278, contra el ciudadano GILBERTO JOSE ACOSTA FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.639.978, en beneficio de su hijo, (...), de trece (13) años de edad.-