Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: ÚNICO: LA INCOMPETENCIA de los Tribunales Laborales para conocer del presente asunto de estimación e intimación de honorarios profesionales, interpuesto por los abogados Álvaro Faria Estévez, Zoila Acosta y Osmar Rafael Vásquez García contra su cliente Distribuidora El Cisne, C.A., y en tal sentido, se declina la competencia en los Juzgados de Primera Instancia Civil Mercantil y de Transito del Área Metropolitana de Caracas. Se anulan todas las actuaciones llevadas a cabo por lo que respecta al presente asunto e igualmente se revoca la decisión de fecha 02 de agosto de 2007, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en virtud d.....