DISPOSITIVO-
En base a los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO DECIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, Sociedad Mercantil CALZADOS PLAZASHOES C.A., en su carácter de deudor principal y los ciudadanos ERIC DOMINGO PEÑA DOMINGUEZ y RODNEY LUNA FLOREZ, en su carácter de fiadores solidarios y principales pagadores de las obligaciones contraídas por la Sociedad Mercantil antes identificada, hasta cubrir la cantidad de sesenta y siete mil seiscientos noventa y tres bolívares fuertes con setenta y seis céntimos (BsF. 67.693,52) que comprende el doble de lo demandado a saber: A.- la cantidad de Treinta Mil Seiscientos Veintiuno con Ochenta y Siete Céntimos (BsF 30.621,87) por concepto de capital adeudado; B.- La suma de Do.....