Por las razones que anteceden, esta Sala Segunda de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Caracas, con Competencia en Violencia contra la Mujer, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la recurrente, la profesional del derecho MARIELA CABEZA VASQUEZ, en su condición de Fiscala Auxiliar Centésima Vigésima Octava (128°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, contra la decisión de fecha 8 de enero de 2009, proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida de fecha 8 de enero de 2009 dictada por el Juzgado Tercero de .....