(...) DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la falta de cualidad alegada por la co demandada CLÍNICAS RESCARVEN C.A., y por consecuencia, SIN LUGAR, la demanda incoada en su contra; SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que intentara la ciudadana VANESSA CAROLINA GUILLEN PARRA contra la entidad de trabajo GRUPO DE ESPECIALIDADES ODONTOLÓGICAS ALTO CENTRO S.C. y solidariamente a la ciudadana MICHELLE ANNETTA LAPADULA KOLOSOVAS por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales. En consecuencia, se ordena a las co demandadas al pago de los conceptos y montos que fueron expresados en la parte motiva de la presente decisión. Se ordena realizar una experticia complementaria del fallo a cargo de experto a los fines de cuantificar económicamente la condena y determinar intereses moratorios e indexación conforme a las pautas expuestas ut supra.-
Se condena en costas a la parte actora en relación a la demanda incoada en contra de la Sociedad Mercantil CLÍNICAS RESCARVEN C.A.
No hay condenatoria en c.....