-III-
DECISIÓN
Por las motivaciones precedentes, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA de los ciudadanos Edison Alexander Betancur y Luis Felipe Provens, parte demandada en este proceso, de conformidad con el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil;
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES, incoada por la Entidad Financiera MERCANTIL C.A., BANCO UNIVERSAL, contra los ciudadanos Edison Alexander Betancur y Luis Felipe Provens, con fundamento en el artículo 1.167 del Código Civil, y como consecuencia de ello, se condena a la parte perdidosa al pago de la cantidad de CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLÍVARES CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 164.287,32), discrimi.....