Por todos los razonamientos antes expuestos y en mérito de las anteriores consideraciones, esta Juez Unipersonal XIV de la Sala de Juicio de este Circuito Judicial de Protección del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana AIVORY VIRGIIA RIERA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V: 11.991.455, debidamente asistida por la abogada YOLIMAR DUQUE MORALES, en su carácter de Defensora Pública Sexta (6°) de Protección del Niña, Niña y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 70.914, en su carácter de representante legal del niño XXXX, para que tramite única y exclusivamente por ante la Oficina del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), el pasaporte del niño supra identificado, todo de conformidad co.....