En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la falta de cualidad alegada por el estado Bolivariano de Miranda y el INSTITUTO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO MIRANDA, (INVITRAMI). SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión prejudicial alegada por la empresa C.A. DAYCO CONSTRUCIONES. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por cobro de salarios caídos e indemnizaciones por despido injustificado incoada por los ciudadanos MARCO RAMIREZ, MARLENE CARRILLO, YARITZA HERNANDEZ, KEYLA ALFONZO y YANNELY VILLANUEVA contra la empresa C.A., DAYCO CONSTRUCIONES. CUARTO: Se condena a la demandada C.A., DAYCO CONSTRUCIONES al pago de los siguientes conceptos: 1) Salarios caídos: Comprendidos desde el día 11 de oct.....