-III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Circuito Judicial de Protección del Niño y del adolescente del Area Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio Novena Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de MODIFICACION DE GUARDA, incoada por la ciudadana ELEONOR ALEGRETT, en su condición de Fiscal Nonagésima Segunda del Ministerio Público, en representación de la adolescente (...), representada legalmente por su progenitora la ciudadana DORA DEL CARMEN MAYORA SERVITA, contra el ciudadano GUSTAVO EURIPIDES LEIZIAGA RODRIGUEZ, todos plenamente identificados a los autos, en consecuencia, se le otorga el ejercicio de la guarda en relación a la adolescentes antes citada, a su progenitora la ciudadana DORA DEL CARMEN MAYORA SERVITA, quien la ejercerá en el lugar donde fije su residencia dentro del territorio nacional, notificándole al progenitor no guardador cualqu.....