Se dictó resolución mediante la cual se declara CON LUGAR la solicitud que por Fijación de Régimen de Visitas, interpusiera la ciudadana VILLAMIRA RAMIREZ SÁNCHEZ PEDROZO, a favor de sus sobrinos, los niños SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de diez (10) y cinco (05) años de edad, contra el ciudadano ARGENIS TERAN, y en consecuencia este Tribunal considera que no existe ningún motivo para que dicho ciudadano niegue el contacto de sus hijos con su tía materna,