Se decretó el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano GONZALEZ RIVAS GUILLERMO KRISNAMURTI, titular de la cedula de identidad Nº V-15.118.425, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º en relación con el articulo 48, ordinal 1º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.