Por las consideraciones expuestas, este JUZGADO QUINTO DE MUNCIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, el desistimiento efectuado en fecha 09 de junio de 2.014, por el ciudadano HÉCTOR ELÍAS MARÍN MEILÁN, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.180.372, actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa INVERSORA INSECAR S.A., parte actora en el juicio que, por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN), sigue ante este Juzgado contra el ciudadano DANIEL ALFREDO SÁNCHEZ VÁSQUEZ, todos plenamente identificados en el texto del presente fallo.
En virtud de la especial naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la p.....