se ordena oficiar al Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de que sea enviado a la brevedad posible, a este tribunal dicha prueba libre, contentivos de dos videos VHS, los cuales pudieran contener elementos que permitan a este juzgado, dirimir sobre la pretensión planteada, toda vez, que en fecha 15 de febrero de 2012, se remitió el referido expediente sin la citada prueba, por tal motivo, no es posible para quien suscribe dictar la sentencia a que haya lugar