isto que el desistimiento expresado por la parte actora en el presente procedimiento se ha realizado en la etapa procesal de celebración de la audiencia preliminar, es decir, antes de la contestación de la demanda y que además de ello, ha sido presentado por el demandante asistido por un profesional del derecho, este Juzgado Vigésimo Segundo (22) de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley imparte la Homologación al Desistimiento del Procedimiento en el juicio incoado por ciudadano JOSÉ VOLCAN, titular de la cédula de identidad Nro. 4.211.262 contra la entidad de trabajo PETRÓLEOS DE VENEZUELA S.A (PDVSA) por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, por no contrariar el orden público procesal.