A través de SENTENCIA DEFINITIVA declaró CON LUGAR el divorcio entre los ciudadanos MARIO GORRIN y GRISELDA ISABEL OCHOA ARIAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-6.251.609 y V-5.406.265, respectivamente. En consecuencia, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 21 de diciembre de 1989, por ante la Junta Parroquial del Municipio El Hatillo, del Estado Miranda, según acta Nº 27, del libro de Matrimonios del Registro Civil respectivo. Se ordenó librar oficio a la oficina del Registro Civil del Municipio El Hatillo, Distrito Sucre del Estado Miranda, al Registro Principal del Estado Miranda y a la Oficina Regional del Consejo Nacional Electoral del Estado Miranda, anexándoles copias certificadas de la presente sentencia y del auto de ejecución de la misma.