-III-
DE LA DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA Y DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO efectuado por la abogada ROSELYS GERALDINE BLANCO MARCANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 317.521, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, sociedad mercantil PEGA HERCULES C.A., en fecha ocho (08) de julio de 2024, en la demanda por RENDICIÓN DE CUENTA, incoada por la sociedad mercantil PEGA HERCULES, C.A., contra las ciudadanas CYNTHIA SINOPOLI LAZO Y LINA SINOPOLI LAZO, en el expediente signado con la nomenclatura interna de este Juzgado Nº AP11-V-FALLAS-2024-000703.-
SEGUNDO: No hay expresa condenatoria en Costas, dada la naturaleza del fal.....