DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hecho y derecho, este Juzgado Vigésimo Séptimo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, ORDENA LA APLICACION DE LA MEDIDA DE PROTECCION A LA VICTIMA, solicitada por el Ministerio Publico y en efecto OEDENA LA SUPERVISION Y PATRULLAJE POLICIAL CONTINUO EN EL LUGAR DE LA RESIDENCIA, por funcionarios de la Policía Metropolitana donde reside la ciudadana MIRNA ESTHER MARQUES DE ROCHA Y SU GRUPO FAMILIAR, de nacionalidad colombiana, natural de cartagena, nacida en fecha 12-06-1967, de 50 años de edad, profesion u oficio del hogar, titular de la cedula de identidad Nº V-16.085.324, residenciada en el BARRIO GRAMOVEN, SECTOR TAMANAQUITO, PARTE BAJA, CALLEJON CALON, CASA Nº 25, PARROQUIA SUCRE, CARACAS, ello a fin de garantizar los derechos fundamentales. En consecuencia se oficiara a los organismos competentes a fin de que mantengan vigilancia y contacto permanente con el ciudad.....