Este Juzgado vistas las exposiciones que anteceden, la de la parte demandada de persistir en el despido y cancelar en este acto los conceptos señalados, y la de la parte actora de recibir la cantidad ofrecida y cheque mencionado; da por concluido el presente procedimiento por calificación de despido; y en virtud de que la mediación ha sido positiva y no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público LA HOMOLOGA, dándole efecto de cosa juzgada. Líbrese oficio a la oficina de control de consignaciones de este Circuito Judicial a los fines de que proceda a la entrega de la libreta de ahorros al trabajador
LA JUEZ
LUISA ROSALES
EL SECRETARIO
LUIS BARRANCO
PARTE ACTORA Y SU APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA