Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN en el presente juicio en el presente juicio por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, incoado por la ciudadana por el ciudadano RICHARD ENRIQUE GONZÁLEZ MARTÍNEZ, cédula de identidad N°V-12.108.434, en contra de la entidad de trabajo CORPORACIÓN SOCIALISTA DEL CEMENTO S.A.C.A., VENEZOLANA DE CEMENTO S.A.C.A., y solidariamente FÁBRICA NACIONAL DE CEMENTO S.A.C.A. PUBLIQUESE, REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIAS INTERLOCUTORIAS CON FUERZA DE DEFINITIVA QUE LLEVA ESTE TRIBUNAL, como también hágase pública en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia, regiones www.....