este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dicta seguidamente el dispositivo del fallo, de la manera siguiente: PRIMERO: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA ACCIÓN INCOADA POR JOSE MARÍA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.215.994 en contra de la UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA a tenor de lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo,. ASÍ SE DECIDE.-