Fue practicada medida de embargo preventivo, sobre las cuentas corrientes Nros. 01330007111000037691 y 01330007111600004567, hasta por la cantidades de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES BOLIVARES CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 5.411.993,44) y TRECE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIÚN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UN BOLIVARES CON CUATRO CENTIMOS (Bs. 13.821.581,04), respectivamente, pertenecientes a la sociedad mercantil JANTESA S.A., del Banco Federal. Así mismo, la parte actora, solicito que por cuanto el monto embargado preventivamente no cubrió la cantidad decretada por el tribunal de la causa, se mantuviese la presente comisión en el Archivo de este Tribunal, lo cual se acordó.