Se dictó la presente resolución vistas y revisadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa, y vista el acta mediante la cual este Tribunal dejó constancia de la No Comparecencia de las parte solicitante, y tampoco se evidencia en los autos que se hubiese consignado diligencia o escrito alguno en el cual se hubiere justificado sus inasistencia a dicho acto, se declara Desistido, la presente solicitud presentada por la ciudadana YIDIANNI JOANMERYS GONZALEZ TORCATES, y en consecuencia se declara la extinción del proceso, todo de conformidad con el artículo 514 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente asunto