IV. DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 19 de julio de 2017, por el abogado HENRY OMAR MOLINA CONTRERAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil MOTORES CARRIZAL, C.A., contra la sentencia definitiva de fecha 18 de julio 2017, dictada por el Juzgado Vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y CON LUGAR la demanda que por DESALOJO POR VENCIMIENTO DE PRORROGA LEGAL, incoada por FRANCISCO TOMAS DOMINGUEZ QUINTANA, contra MOTORES CARRIZAL, C.A.-
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por DESALOJO POR VENCIMIENTO DE PRÓRROGA LEGAL, in.....