Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido en fecha 30 de mayo de 2024, por la abogada MIREYA HIDALGO PEÑA, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la providencia dictada en fecha 22 de mayo de 2024, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; con motivo el juicio que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO, sigue la ciudadana YAKELIN ANTONIA FUENTES GUERRERO contra el ciudadano ALEX ANTONIO MONTERO ROJAS. En consecuencia, se REVOCA el auto dictado el 10 de julio de 2024, por el Juzgado de cognición, que oyó en ambos efectos.....