Por ende por ser una demanda independiente, debe proponerse mediante demanda en forma que cumpla los requisitos del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, tal como lo señala el citado procesalista y el Dr Ricardo Henriquez La Roche, en su Libro Código de Procedimiento Civil en su Tomo III y el cual éste Tribunal pasa a transcribir:
"...La tercería debe proponerse, como se ha dicho antes, mediante demanda en forma, dirigida contra las partes contendientes (art 371)....Como tal demanda, debe reunir los requisitos de forma a que se refiere el Art 340 CPC., y de ella se pasará copia a las partes conteniendo el emplazamiento para la contestación (Art. 344 C.P.C)..." (OMISSIS)
"...La tercería debe proponerse mediante demanda en forma que cumpla los requisitos señalados por el artículo 340, ante el juez que tiene la competencia funcional, es decir, aquel que conoce o que conoció (375) de la demanda..." (OMISSIS)
En consecuencia, por cuanto dicho escrito no cumple con los re.....