Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la PRESCRIPCION alegada por la parte demandada; SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ROCÍO CONTRERAS SOSA contra la sociedad mercantil LABORATORIOS SERVIER, S.A.; TERCERO: Se ordena a las demandada a la a cancelar los conceptos condenados en la parte motiva del fallo en extenso; CUARTO: No hay condenatoria en costa vista la naturaleza del fallo. A partir de la presente fecha comenzarán a computarse los días para la interposición de los recursos a que hubiere lugar.