este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República de Bolivariana Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Que los abogados OSWALDO URDANETA BERMÚDEZ y VÍCTOR RUBIO MUÑOZ, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos 9.704 y 2.528, TIENEN DERECHO A COBRAR HONORARIOS PROFESIONALES, en razón de su representación a la Sociedad Mercantil INVERSIONES INMOBILIARIAS 13.244 C.A, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoara en su contra la Sociedad Mercantil PROMOTORA TOURS VIAJES Y TURISMO C.A. hasta por la cantidad intimada de CUARENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS TRES MIL BOLIVARES ( Bs. 42.603.000,00), cuyo monto se encuentra sujeta a juicio de retasa por haber la parte intimada ejercido oportunamente su derecho al mismo.
SEGUNDO: Se Ordena que el presente juicio continúe conforme al.....