-IV-
DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos, existente entre los ciudadanos ANA CRISTINA NOHEMI VARGAS SALAS y ANDRES FELIPE SCHLOETER CHUMACEIRO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. V17.671.520 y V- 17.100.525, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos, en fecha 29 de agosto de 2014, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Mariches del Estado Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 369, Tomo 02, Folio 119, del libro de matrimonios correspondiente al año 2014.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se .....