Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación intentado el 9 de noviembre de 2006 por el abogado ROBERTO SALAZAR en su carácter de apoderado judicial de las intimadas, contra el auto dictado en fecha 19 de octubre de 2006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia, inadmisible la oposición genérica de fecha 22 de mayo de 2006, y firme el decreto intimatorio de fecha 8 de noviembre de 2005.
Queda CONFIRMADO el auto apelado.
De conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en las costas del recurso a la parte intimada, por no haber tenido éxito alguno en la apelación ejercida.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzg.....