Decisiones del dia 20/03/2007
N° Expediente :
5454
N° Sentencia :
13
Fecha: 20/03/2007
Procedimiento: Apelacion
Partes: BOLÍVAR BANCO C.A CONTRA DESARROLLO 80699 C.A
Resumen:
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación intentado el 9 de noviembre de 2006 por el abogado ROBERTO SALAZAR en su carácter de apoderado judicial de las intimadas, contra el auto dictado en fecha 19 de octubre de 2006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia, inadmisible la oposición genérica de fecha 22 de mayo de 2006, y firme el decreto intimatorio de fecha 8 de noviembre de 2005.
Queda CONFIRMADO el auto apelado.
De conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en las costas del recurso a la parte intimada, por no haber tenido éxito alguno en la apelación ejercida.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzg.....
Juez/Ponente:
Jose Daniel Pereira
Organo:
Juzgado Superior Decimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
N° Expediente :
30.419
N° Sentencia :
Fecha: 20/03/2007
Procedimiento: Particion
Partes: MORAIMA APARCEDO VS. FRANCISCO LUCENA
Resumen:
DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre los inmuebles que a continuación se determinan:
1.- "Un lote de terreno y la casa sobre el construida de mampostería, pisos de cemento, techos de teja, paredes de tierra pisada, ubicada en el Caserío "El Molino", jurisdicción del Municipio Lagunillas, Distrito Sucre del Estado Mérida, cuyos linderos y demás determinaciones son las siguientes: pie, con carretera que conduce al Molino, que separa actualmente muro de piedra, antes de la capilla a una mata de fique; por un costado, en línea recta imaginaria de la carretera que conduce al Molino a una mata de fique que ya no existe, hoy lo separa la carretera; por la cabecera, con terreno que es o fue de la sucesión Mendoza y Luciano Guillén y; por el otro costado, con una capilla que lo separaba por cabecera una hilera de matas de fiques".
Juez/Ponente:
Gervis Alexis Torrealba
Organo:
Juzgado Tercero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
N° Expediente :
1740-07
N° Sentencia :
08
Fecha: 20/03/2007
Procedimiento: Auto De Ejecución Y Cómputo
Partes: PENADO: ANDERSON ANTONIO NAVIA RODRIGUEZ, C.I. N° 17.963.271;FISCAL: FISCAL SUPERIOR DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS;DEFENSA PRIVADA: ABG. OMAR GARCIA AGOSTINI .
Resumen:
DE LOS BENEFICIOS PRE LIBERTAD
Observa el Tribunal que el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal (Reformado), señala lo siguiente: "...para que el tribunal acuerde la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, deberá solicitar al Ministerio del Interior y Justicia, un informe psicosocial del penado y se requerirá: 2.- que la pena impuesta en la sentencia no exceda de cinco años." Así pues, en el presente caso la pena impuesta es de CUATRO (04) AÑOS y OCHO (08) MESES, por lo tanto, el penado NAVIA RODRIGUEZ ANDERSON ANTONIO, ya puede optar por el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena.
Asimismo de acuerdo a lo expuesto en el punto previo del presente Auto de Ejecución, y conforme a lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, se indican los beneficios de pre-libertad a los que podrá someterse el penado, previo el cumplimiento de los requisitos de ley, los cuales son:
DESTACAMENTO DE TRABAJO: La cuarta par.....
Juez/Ponente:
Betty Elena Reyes Quintero
Organo:
Tribunal Sexto de Ejecución
N° Expediente :
1739-07
N° Sentencia :
07
Fecha: 20/03/2007
Procedimiento: Auto De Ejecución Y Cómputo
Partes: PENADO: MARTIN LEONARDO UZCATEGUI, C.I. N° 19.071.867; FISCAL: FISCAL SUPERIOR DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS; DEFENSA PUBLICA: ABG. CARMEN SANDOVAL, DEFENSORA PUBLICA (05º) PENAL.
Resumen:
DE LOS BENEFICIOS PRE LIBERTAD
Conforme a lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, se indican los beneficios de pre-libertad a los que podrá someterse el penado, previo el cumplimiento de los requisitos de ley, los cuales son:
DESTACAMENTO DE TRABAJO: La cuarta parte de la pena de CUATRO (04) AÑOS y UN (01) MES, en el presente caso es UN (01) AÑO, SIETE (07) DIAS y DOCE (12) HORAS, y como quiera que el penado ha cumplido de la pena un tiempo de TRES (03) MESES y ONCE (11) DIAS es por lo que a partir del día 16 de Diciembre de 2.007 a las 12 horas podrá optar a este beneficio.-
RÉGIMEN ABIERTO: La tercera parte de la pena de CUATRO (04) AÑOS y UN (01) MES, es al transcurrir UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES y DIEZ (10) DIAS y como quiera que el penado ha cumplido de la pena impuesta un tiempo de TRES (03) MESES y ONCE (11) DIAS, es por lo que a partir del día 19 de Abril de 2008, podrá optar por este beneficio.
LIBERTAD CONDICIONAL: Las dos-.....
Juez/Ponente:
Betty Elena Reyes Quintero
Organo:
Tribunal Sexto de Ejecución
N° Expediente :
1465
N° Sentencia :
1713-07
Fecha: 20/03/2007
Procedimiento: Auto De Ejecución
Partes: PENADO: ¿ CARLOS ALBERTO FARIAS ZAMORA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-15.813.152; FISCAL: ABOGADA BELKIS AGRINZONES, EN SU CARÁCTER DE FISCAL SUPERIOR DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS; DEFENSA: MIGUEL ÁNGEL CEGARRA Y NORELIS MERCEDES BRUZUAL, ABOGADOS EN EJERCICIO
Resumen:
El penado CARLOS ALBERTO FARIAS ZAMORA, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.813.152, le procede, previa verificación de los requisitos de Ley:
Destacamento de Trabajo: La cuarta parte de la pena, cuyo cumplimiento deberá verificarse para optar al beneficio al transcurrir DOS (02) AÑOS Y TRES (03) MESES, es decir 18-04-2007.
Régimen Abierto: La tercera parte de la pena, al transcurrir TRES (03) AÑOS, es decir, en fecha 21-11-07.
Libertad Condicional: Las dos terceras partes del cumplimiento de la pena, al transcurrir SEIS (06) AÑOS, es decir, en fecha, 21-11-2010.
La Gracia de Conmutación de pena (CONFINAMIENTO), podrá ser solicitada por el referido penado, una vez que el mismo hayan cumplido las tres cuartas partes de la pena, que equivale a SEIS (6) AÑOS Y NUEVE (09) MESES, es decir, en fecha 21 de Agosto del año dos mil Once (2011), siempre y cuando el ut-supra penado se encuentre intramuros.
Juez/Ponente:
Miriam Vielma
Organo:
Tribunal Cuarto de Ejecución