En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de febrero de 2009. Segundo: Se confirma la decisión recurrida, que declaró desistida la acción, todo en el juicio incoado por la ciudadana Marycel Cristina González Velásquez contra la Organización Musical Tártara C.A. Tercero: Se condena en costas a la parte actora, conforme lo establecido en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.