Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la defensa de fondo opuesta por la representación Judicial de la parte demandada referente a la prescripción y en consecuencia se declara SIN LUGAR la presente acción de COBRO DE BOLIVARES interpuesta por el BANCO DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A., contra la Sociedad de Comercio PARQUE RESIDENCIAL SANTA GERTRUDIS, C. A., ambos plenamente identificados en el cuerpo de la presente decisión.
SEGUNDO: Se ordena la suspensión de la Medida de Prohibición de Enajenar, decretada por este tribunal, sobre el siguiente bien inmueble: Extensión de terreno que forma parte del Fundo denominado Laguna del Estado Miranda ubicado.....