Este Juzgado en el día de hoy se dicta auto previa revisión del escrito transaccinal presentado y en vista que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador tal como lo establece el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, de conformidad con lo establecido en del artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, le imparte su HOMOLOGACIÓN, DÁNDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente.