PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de diferencia de Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano MARIO GIL GONZÁLEZ contra la empresa EUROBUILDING INTERNACIONAL C.A. , ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora los siguientes conceptos: 1) Las horas extraordinarias nocturnas que constan en las instrumentales cursantes a los folios 268 al 292 de la primera pieza del expediente en los períodos allí comprendidos únicamente, así como la diferencia por su incidencia en el pago por concepto de la prestación de antigüedad e intereses, vacaciones y bono vacacional e indemnización por retiro voluntario prevista en la cláusula 54 de la convención colectiva, de acuerdo con el artículo 155 de la Ley Orgánica del Trabajo. 2) El pago de tres (03) días de domingos laborados, según consta a los folios 294 y 295 de la primera pieza del expediente de acuerdo con el artículo 217 de la Ley Orgánica .....