En ese orden de ideas y como quiera que la ejecución forzosa de de la transacción suscrita por las partes en este juicio autenticada en fecha 11 de septiembre de 2007, por ante la Notaria Pública Sexta del Municipio Liberador del Distrito Capital, bajo el No. 18, Tomo 139. (folios 607, 608 y 609), homologada por fallo dictado en fecha 24 de septiembre de 2007, por el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y Transito del Area Metropolitana de Caracas, de acuerdo con la sentencia dictada en fecha 23 de Enero de 2013, por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conlleva a la materialización del contrato de opción de compra-venta celebrado simultáneamente con la transacción, contenido en documento autenticado por ante la referida Notaría Pública, en fecha 11 de septiembre de 2007, bajo el Nº 19, Tomo 139, en el cual el demandado se obligó a vender el inmueble de su propiedad una tercera pe.....