En el día 20/07/07, esta Sala de Juicio le imartió la correspondiente Homologación a la Conciliación celebrada por los ciudadanos NELSON OBREGÓN RODRÍGUEZ y LETICIA MENDEZ RANGEL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédula de Identidad Nos. V-10.832.154 y V-10.823.452, respectivamente, en el acto conciliatorio celebrado en fecha 18/07/07, por ante el Equipo Multidisciplinario Nº 2, a favor de sus hijas, SE OMITEN DATOS en los términos allí expuestos todo de conformidad con lo establecido en el artículo 262 del Código de Procedimiento Civil, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva.