SIN LUGAR la demanda por estabilidad laboral incoada por el ciudadano JUAN PEREZ APARICIO contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del actualmente denominado Ministerio para el Poder Popular del Ambiente y de los Recursos Naturales (Instituto del Aseo Urbano para el Área Metropolitana de Caracas), ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. SEGUNDO: No se condena en costas a la parte actora por aplicación de lo establecido en sentencia Nº 172 de fecha 18 de febrero de 2004, Exp. Nº 01-1827 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. TERCERO: Se ordena la notificación a la Procuraduría General de la República de la sentencia. Así se decide.