Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo de este Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora recurrente, en contra de la sentencia de fecha 31de marzo de 2009 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas: SEGUNDO: SIN LUGAR la demandada incoada por la ciudadana ANGUIE REBECA RAMIREZ en contra de la sociedad mercantil NESTLE de VENEZUELA, C.A. TERCERO: Se confirma el fallo apelado con diferente motivación. CUARTO: No hay condenatoria en costa, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Ley Orgánica Procesal del Trabajo