Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Admite a trámite el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público Nº 5° de Adolescentes. Se fija para el 8vo día hábil siguiente a la publicación del presente auto, a las 11:00 horas de la mañana, la audiencia para la vista del recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Admite las pruebas promovidas por el recurrente en relación a los medios de reproducción realizados para la elaboración de las Actas de debate, inherente a la evacuación y práctica de las testimoniales dadas por los testigos Dayerling Degout, Kevin Greysi Hermosillo, la ciudadana María Elvira Salas, abuela de la niña (IDENTIDAD OMITIDA) y la declaración del adolescente (IDENTIDAD.....