DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: IMPROCEDENTE la medida cautelar de EMBARGO PREVENTIVO sobre las acciones que le pertenecen al ciudadano Andrés Eloy Estrada Contreras, titular de la cédula de identidad No. V-9.260.089, en la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA ABRAHAM, C.A., que representan un cincuenta por ciento (50%) del capital social de la empresa, la cual fue peticionada por el Abogado Víctor José Betancourt Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 112.760, en su carácter de apoderado judicial del BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, en el juicio por COBRO DE BOLÍVARES que incoara en contra de la Sociedad Mercantil COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA A.....