Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra sentencia de fecha 27/07/2014 emanada del Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se revoca el fallo recurrido; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana GLADYS COROMOTO GARCIA, en contra de las demandadas SACMA OPERACIONES, C.A, en consecuencia se ordena a la parte demandada a pagar los conceptos indicados en la parte motiva. CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del caso.